¿Es necesario el permiso de otros vecinos para que me instalen la fibra? Resolvemos dudas
22 de mayo de 2022Las operadoras gozan de algunos privilegios a la hora de desplegar las redes de fibra en las calles y edificios.
Muchos vecinos desconocen la normativa, así que no es raro que haya conflictos de todo tipo en los que un propietario protesta porque una operadora ha instalado el cableado de fibra o una caja en su fachada sin pedirle permiso, lo que deriva en conflictos y rivalidades con los vecinos que no pueden acceder al servicio. Los hay que incluso han cruzado algunos límites como quitar los cables y cortar la fibra, lo que supone un sabotaje penado por la ley.
Pero ¿qué dice la normativa? Las redes públicas de telecomunicaciones se consideran equipamiento de carácter básico y obra de interés general que está por encima de los intereses particulares de los propietarios (Art. 34.21) y como tales disfrutan de derechos especiales a la hora de acceder a edificios o utilizarlos como soporte para su despliegue.
La Secretaría de Estado para el Avance Digital publicó una nota aclaratoria para ayudar a interpretar lo que el artículo 45 de la Ley General de Telecomunicaciones dice sobre cómo las operadoras deben actuar para instalar sus redes en edificios ajenos y que deja claro quién tiene la razón.
¿Puede una comunidad de vecinos impedir que me instalen la fibra?
El primer caso nos lo encontramos dentro de comunidades de vecinos en las que un residente quiere ponerse fibra y el resto de vecinos entiende que es una decisión que deben tomar todos en junta de propietarios. La realidad es que la ley otorga a las operadoras el derecho a desplegar sin pedir permiso, aunque sí deben seguir un procedimiento.
- Si se trata del primer operador en el edificio solo tendrá que presentar una memoria descriptiva de las actuaciones previstas y tras un mes podrá iniciar la instalación. Tendrá que frenar sus planes si la comunidad acredita que ningún vecino está interesado o que van a adaptar el edificio a la normativa ICT.
- Si en el edificio ya hay un operador, el segundo que llegue solo tiene que avisar con un mes de antelación. Podrá reutilizar las acometidas del primer operador si tienen acuerdo entre ellos o bien instalar las suyas propias si lo prefiere.
Con esta información sabemos que, por ejemplo, si una operadora quiere instalar en un edificio donde ya está presente otra, solo tiene que avisar con un mes de antelación y puede instalar sus propias acometidas de fibra paralelas a las ya existentes.
¿Puede un vecino prohibir que el cable de fibra pase por su fachada?
El segundo caso son los despliegues en paso, en los que la operadora utiliza la fachada de un edificio para sostener su cable de fibra y otros elementos como divisores y cajas CTO. La pregunta es ¿deben pedir permiso al propietario del edificio? La ley dice que no.
Incluso si nadie en el edificio en cuestión va a utilizar la fibra, las operadoras están directamente habilitadas para utilizar una fachada si es necesario para llegar al resto de viviendas de la calle. El único requisito es presentar al propietario una descripción de la actuación al menos un mes antes de efectuarla.
Las únicas excepciones son que haya una canalización subterránea usable que evite usar la fachada o en casos justificados de edificaciones del patrimonio histórico-artístico o que puedan afectar a la seguridad pública.
Qué hacer si un vecino se opone a que te instalen la fibra
Como hemos visto, las operadoras tienen derecho a instalar en el interior de comunidades de vecinos y pasar sus cables o fijar cajas en fachadas ajenas. La realidad es que no siempre ejercen este derecho. Si un vecino se opone y el problema afecta a pocos clientes, prefieren dejarlo correr y dejar que los vecinos afectados resuelvan el conflicto mientras se le da servicio mediante otras soluciones, como por radio. Esto deja al usuario que quiere contratar fibra en una situación de indefensión ante la terquedad de un vecino.
La única posibilidad que se puede probar en este caso es abrir una reclamación ante Usuarios Teleco exponiendo el caso, para que recuerde a la operadora su derecho de paso. En cualquier caso, las operadoras son empresas privadas que tienen libertad para decidir si les sale a cuenta continuar con la instalación.
Yo tengo una vivienda unifamiliar,para que mis vecinos puedan meter la fibra tienen que entra en mi jardín, me puedo negar a que entren?
No debería si quiera plantear esa pregunta.
Más allá de derechos y obligaciones la realidad es que usted tiene internet y probablemente para que usted tenga el servicio de fibra óptica su cable haya pasado por fachadas de terceros. Negarse a que otro pueda tener el servicio porque no quiere que el cable esté en su propiedad cuando el cable que le proporciona a usted su internet invade otras propiedades es de tener mucha cara.
Evidentemente puede exigir que se haga de la forma menos invasiva posible y que se evite en la forma de lo posible el daño estético, pero negarse a que otros puedan disfrutar de una herramienta tan básica como es el internet, y de la que probablemente usted dispone, demuestra que carece de las habilidades sociales mínimas para vivir en comunidad. Si no le gusta enfrentarse a este tipo de situaciones lo que debería de hacer es mudarse a un sitio donde este sola, en mitad de la nada. SI VIVE EN COMUNIDAD ACTÚE CONSECUENTEMENTE.